Real Decreto 1412/2018, de 3 de diciembre
Se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población.
Se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población.
Aceites de oliva
Aceites vegetales
Conservas vegetales
Miel
Caldos, consomés, sopas y cremas
Galletas
Patatas fritas y productos de aperitivo
En relación a los productos comentados, teniendo en cuenta la información que el Ministerio ha facilitado es previsible que las primeras actuaciones las veamos en materia de aceite de oliva, con lo que el Real Decreto 308/1983 será derogado y contaremos con una nueva norma de calidad aplicable al aceite de oliva.
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